• CLUJ-NAPOCA (RUMANÍA)

    Los Grupos de Acción Local Adesho y Cedesor reciben a una delegación del grupo Leader Cluj-Napoca (rumanía) para conocer proyectos en las comarcas de la Hoya de Huesca, Sobrarbe y Ribagorza.

  • Nota de prensa 16/01/24

    El 16-01-2024 se celebró una multitudinaria Asamblea General de la Asociación para el Desarrollo Rural Comarcal de la Hoya de Huesca/Plana de Uesca (ADESHO), con asistencia de más de 70 socios de los 92 con que cuenta la Asociacion, representantes de los diferentes sectores institucionales, empresariales y sociales, tanto públicos como privados, que conforman la misma. .

  • Aprobación nueva Estrategia 2023-2027

    La Asamblea General de socios de la Asociación para el Desarrollo Rural Comarcal de la Hoya de Huesca/Plana de Uesca (ADESHO) ha aprobado, por unanimidad, la nueva Estrategia de Desarrollo Local LEADER para el periodo 2023-2027 denominada “Acelerando el Desarrollo Sostenible de la Hoya de Huesca” para el territorio rural de la Comarca de la Hoya de Huesca.

  • Carta del Presidente

    Carta del presidente a todos los asociados de fecha 18 de enero de 2024

  • ¿Qué es Adesho?

    Adesho es una asociación sin ánimo de lucro cuyo fin es promover el desarrollo económico, social, cultural y medioambiental, es decir, el desarrollo integral y sostenible de la zona donde se extiende su ámbito de actuación y, en particular, definir y actuar sobre el desarrollo integral y endógeno de la Comarca de la Hoya de Huesca. Entidad gestora del Programa LEADER 2014-2020.

 tel.974-27-22-74
adesho@adesho.org

 Puedes consultar el listado vigente de la Junta Directiva pinchando en el siguiente link

 

El órgano de Representación es la Junta Directiva, encargada de ejecutar las directrices fijadas por la Asamblea General que se rige por el artículo 14 de los Estatutos que se transcribe a continuación:

ARTÍCULO 14.-Constitución, miembros, procedimiento de elección y duración del mandato.

14.1- La Asociación dispondrá de una Junta Directiva que será el órgano de gestión y de representación de la misma Los miembros deberán ser socios de la entidad.

Los cargos de la Junta Directiva no serán retribuidos, salvo acuerdo de la Asamblea General adoptado por mayoría cualificada según el artículo 12.5 de los presentes Estatutos. No obstante, tendrán derecho a ser compensados por los gastos que se originen en el ejercicio de sus funciones, siempre que estos se encuentren debidamente justificados.

14.2- La Junta Directiva estará formada por 18 miembros, 14 de ellos elegidos en Asamblea General, y 4 nombrados directamente, uno por la Diputación Provincial de Huesca y tres por la Comarca de la Hoya de Huesca/Plana de Uesca.

La sesión constitutiva se iniciará con la formación de la Mesa de Edad, integrada por los representantes elegidos de mayor y menor edad, actuando el primero como Presidente y el segundo como Secretario.

Una vez constituida, la Junta Directiva designará, de entre sus miembros, a las personas que ostentarán los cargos de Presidente, Vicepresidente, Tesorero y Secretario.

14.3- Los miembros de la Junta, todos ellos elegidos de entre los socios personas jurídicas -excepto los miembros natos que son los representantes comarcales que serán nombrados directamente por la Comarca de la Hoya de Huesca I Plana de Desea, así como el representante de la Diputación Provincial de Huesca, que será nombrado por ésta de entre los Diputados, alcaldes o concejales de la Comarca de la Hoya de Huesca / Plana de Uesca-, serán elegidos y revocados por la Asamblea General que se convoque al efecto.

En todos los casos, las entidades elegidas-así como la Comarca de la Hoya de Huesca/Plana de Uesca y la Diputación Provincial de Huesca respecto a los vocales que designan-deberán nombrar a un representante titular y a un suplente de este último.

14.4- La Junta Directiva estará compuesta por socios que sean entidades representativas de los intereses socioeconómicos locales públicos y privados en el ámbito territorial de la Comarca de la Hoya de Huesca/Plana de Uesca.

En todo caso formarán parte de la Junta Directiva representantes en el ámbito territorial citado, de la Estrategia de Desarrollo Local LEADER de los sectores económicos primario - específicamente las dos Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas del territorio de actuación-, secundario y terciario, así como de la Administración Local.

También estarán presentes las Organizaciones Juveniles radicadas en el territorio de actuación y las que promuevan la Igualdad de Género y la Inclusión Social .No será exigible la participación en caso de inexistencia de organizaciones representativas, o en el caso de que las existentes no tengan voluntad de asociarse o participar.

La Asamblea General aprobará, a propuesta de la Junta Directiva, la modificación de la composición numérica de este último órgano.

En cualquier caso, el Reglamento de Régimen Interno establecerá los diferentes tipos o sectores de intereses locales- públicos o privados- del territorio que tendrán representación en la Junta Directiva, y garantizar, de esta forma, la presencia de los representantes de los sectores enumerados en el presente apartado.

El citado Reglamento establecerá las condiciones detalladas en las que se calcularán los diferentes derechos de voto en la toma de decisiones que afecten a las Estrategias de Desarrollo Local LEADER, similares y sucesivas, para garantizar, que, en la aplicación de dichas Estrategias, ni las autoridades públicas ni ningún grupo de interés concreto representa más del 49% de los derechos de voto en la toma de decisiones.

14.5- Los miembros de la Junta Directiva serán elegidos por criterios de representatividad de entre los siguientes sectores:

A) SOCIOS DEL SECTOR PUBLICO: (38,89%) 7 miembros:l representante de la Diputación Provincial de Huesca y 3 de la Comarca de la Hoya de Huesca/Plana de Uesca designados directamente por estas entidades; y 3 representantes de los Ayuntamientos socios elegidos de entre ellos.

B) SOCIOS DEL SECTOR PRIVADO: (61,11%):11 miembros, elegidos de entre los socios de los diferentes Grupos Sectoriales y Subsectores, según se detalla en el Reglamento de Régimen Interno.

14.6- Para poder ser elector y miembro elegible de la Junta Directiva se deberá ser socio persona jurídica y estar al día en el pago de la cuota fijada.

Los socios personas fisicas no podrán ser electores ni miembros elegibles de la misma.

14.7- La elección de los miembros de la Junta Directiva se realizará en el transcurso de una Asamblea General, a través del siguiente procedimiento:

a) En primer lugar se procederá a la elección, mediante votación secreta y por mayoría simple de los votos emitidos en cada sector, de los representantes de los sectores enumerados anteriormente -excepto los nombrados directamente por la Comarca de la Hoya de Huesca / Plana de Uesca y por la Diputación Provincial de Huesca- en número suficiente para cubrir los puestos vacantes, y otros tantos suplentes, en los diferentes Grupos Sectoriales y Subsectores detallados en el RRI.
b) Las candidaturas para la elección de los representantes de los diferentes Grupos Sectoriales y Subsectores serán cerradas, pudiendo presentarse candidaturas hasta medio hora antes de la celebración de la Asamblea General. En caso de presentarse más de una candidatura, serán elegidos los representantes de la candidatura que hubiese obtenido más votos. En caso de empate, se realizará una segunda votación y, si persistiese el mismo, se realizará un sorteo entre las diferentes candidaturas presentadas.
c) En el plazo máximo de un mes desde la fecha de celebración de la Asamblea General en la que se hayan elegido a los miembros de la Junta Directiva, se procederá a la constitución de ésta y a la elección de los cargos previstos en el organigrama de la Junta Directiva de entre las personas elegidas-y las nombradas por la Diputación Provincial de Huesca y la Comarca de la Hoya de Huesca/Plana de Uesca-, mediante votación secreta cuyo acuerdo requerirá mayoría simple de los presentes.
d) En el proceso de elección de miembros de la Junta Directiva no se admitirán delegaciones de voto, debiendo asistir y votar, en su caso, solamente los representantes titulares de las entidades candidatas.

14.8- El mandato de todos los miembros de la Junta Directiva tendrá una duración de cuatro años. La elección de los miembros de la Junta Directiva se llevará a cabo en una Asamblea General que se celebrará una vez se hayan constituido los Órganos de Gobierno de las Entidades Locales tras la celebración de las Elecciones Municipales.

Los miembros de la Junta Directiva que hubieran agotado su mandato continuarán ostentando sus cargos en funciones hasta el momento en que se produzca la toma de posesión de los nuevos miembros designados y electos que los sustituyan.

 

 

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